lunes, 15 de junio de 2015

CONCLUYEN CON ÉXITO LAS VIII JORNADAS POR UN TAJO VIVO CELEBRADAS EN CANDELEDA.

Este fin de semana se han celebrado con éxito las octavas Jornadas por un Tajo Vivo en la localidad abulense de Candeleda (Ávila), organizadas por la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus ríos y la Plataforma contra la Especulación Urbanística y Ambiental de Candeleda, con la colaboración de la Fundación Nueva Cultura del Agua (FNCA) y la contribución del Ayuntamiento de Candeleda. Una vez más se han reunido numerosos representantes de las diversas organizaciones y colectivos llegados de toda la Demarcación Hidrográfica del Tajo desde su cabecera en Cuenca y Guadalajara, hasta su desembocadura en Lisboa. 
Ante un auditorio de más de 100 personas, numerosas ponencias de gran nivel han mostrado al numeroso público asistente el trabajo de investigación, docencia, sensibilización y denuncia que vienen desarrollando los distintos colectivos que conforman la Red del Tajo en este último año en relación a la situación y gestión del Tajo y de sus afluentes. Asimismo, se han analizado los contenidos del borrador de Plan hidrológico, en periodo de información pública hasta el próximo 30 de junio, y que una vez aprobado establecerá las líneas maestras de gestión del Tajo hasta el año 2021.
Entre las Conclusiones destacan:
1. El nuevo Plan del Tajo desprecia los valores y necesidades del Río Tajo y sus afluentes, manteniendo unos caudales ecológicos mínimos y descatalogación del 90% de las reservas naturales fluviales contenidas en el Plan de 2014. Conviene recordad que el actual Plan hidrológico, aprobado en abril de 2014 con 5 años de retraso, está denunciado por los colectivos de la Red del Tajo ante los tribunales por incumplimiento flagrante de los caudales ambientales, afecciones a la Red Natura 2000 y por las deficientes medidas propuestas para mejorar el buen estado ecológico del Tajo y sus afluentes. 
2. No se acepta que se perpetúen las grandes presiones que afectan al río: la detracción de hasta dos terceras partes de los caudales de cabecera que se trasvasan a la Cuenca del Segura; la sobreexplotación y falta de depuración integral de todas sus aguas, con especial incidencia en los ríos madrileños. Al respecto se reclama el establecimiento de un verdadero régimen de caudales ecológicos en las 3 principales ciudades del Eje del Tajo: Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina. 
3. Se denuncia la aprobación de trasvases durante este año desde Tajo hacia el Segura, cuando las precipitaciones en la cabecera de la cuenca han sido muy escasas y las reservas de los embalses de cabecera se encuentran al 20% de su capacidad.
4. Se evidencia la lamentable gestión del Tajo extremeño, en manos de las hidroeléctricas, genera impactos importantes con alteraciones graves en el régimen de caudales. Los desembalses desde los embalses hidroeléctricos de Extremadura responden a los intereses económicos de las empresas hidroeléctricas, y no a garantizar un régimen de caudales ambientales en el Tajo portugués. En este sentido desde la Red del Tajo colectivos portugueses y españoles demandan la revisión del Convenio de Albufeira de manera que el régimen de desembalses semanales y trimestrales que España debe cumplir facilite el establecimiento de regímenes de caudales ecológicos en el tramo portugués del río.
Las Jornadas han finalizado con el compromiso de seguir fortaleciendo el trabajo de la Red y los grupos que la constituyen con tareas de investigación, sensibilización, comunicación y denuncia. En este sentido se presentarán alegaciones al borrador del nuevo Plan hidrológico del Tajo, señalando las deficiencias detectadas y denunciando la falta de compromiso de las administraciones competentes con la recuperación del río y con su ciudadanía. Asimismo continuaremos denunciando el incumplimiento de la Directiva Marco del Agua ante las instituciones de la Unión Europea, donde la Red del Tajo tiene dos Quejas admitidas a trámite ante la Comisión Europea y dos peticiones abiertas ante el Parlamente Europeo. 
Finalmente destacar, que en estas VIII Jornadas se han adherido a la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus Ríos, nuevos grupos y personas, algo muy esperanzador en un momento tan crítico para el Tajo. 
En Candeleda, a 8 de junio de 2015

Viernes 26 de junio 2015 (de 9,30 a 14,30) Jornada organizada por la PECCEM y Electrosensibles por el Derecho a la Salud en la sala Europa de la oficina del Parlamento europeo en Madrid

http://www.peccem.org/DocumentacionDescarga/Campanas/24JUNIO/Jornada_26Junio2015_SedeParlamentoEuropeoMadrid.pdf

miércoles, 11 de febrero de 2015

UN PACTO SOCIAL POR LA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE, LA SALUD Y CONTRA LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA.

Llamamiento a partidos políticos y agrupaciones de electores ante la convocatoria de elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2015.
En marzo de 2009 organizaciones del estado español acordamos constituir la Plataforma Estatal contra la Contaminación Electromagnética (PECCEM), con un manifiesto fundacional (http://www.peccem.org/index.html), que nos une y aglutina y que es soporte de nuestros principios y reivindicaciones, y teniendo en la actualidad como referente el Manifiesto Europeo de apoyo a una Iniciativa Ciudadana Europea (junio 2013) por una reglamentación proteccionista de la exposición a los campos electromagnéticos, con apoyos significativos en el ámbito europeo e internacional, tanto en la comunidad científica, expertos y asociaciones profesionales de la salud, como de un amplio abanico de organizaciones de la sociedad civil (vecinales, ecologistas y medioambientalistas, personas afectadas por enfermedades ambientales, consumidores, distintos agentes de la comunidad educativa, defensores de la salud y contra la contaminación electromagnética, …). 
La Plataforma tiene como objetivos fundamentales alertar a la población sobre los riesgos de este tipo de contaminación a la que masivamente estamos expuestos y presionar a las administraciones públicas para que legislen aplicando el principio de precaución, siguiendo las recomendaciones de la Agencia Europea de Medio Ambiente, el Parlamento europeo y el Consejo de Europa, así como los numerosos llamamientos de científicos alertando del problema de salud pública que está representando la exposición continua y exponencial de la contaminación electromagnética.
Un emergente y nuevo problema de salud medioambiental: la contaminación electromagnética. Este problema medioambiental está causando estragos en un buen número de familias y personas afectadas por los altos niveles de radiación generadas por antenas de telefonía móvil y dispositivos inalámbricos, así como por redes de alta tensión (subestaciones, transformadores,…). Hacemos especial atención a las personas electrohipersensibles con severa afectación a su estado de salud (especialmente ante la exposición de campos electromagnéticos generados por teléfonos inalámbricos DECT, Wi-Fi, WIMAX, antenas de telefonía y demás aparatos que usan tecnologías inalámbricas),  obligándoles a vivir en estados de extrema precariedad. El progresivo aumento de la electrosensibilidad se presenta en paralelo al crecimiento exponencial de la exposición a radiofrecuencias. La comunidad de expertos y científicos que estudian el efecto de la radiación  electromagnética en los seres vivos coincide en reconocer a la infancia, cuyos cuerpos se desarrollan con rapidez (cerebro y órganos aún en formación), como especialmente vulnerables.
Esta nueva problemática y, por tanto, desconocida para muchos, incluye los intereses de una industria de las telecomunicaciones que está presente distorsionando en el ámbito científico y en el de la toma de decisiones (al igual que ya lo hicieron en el pasado otras industrias como la del tabaco), por ejemplo, financiando directa o indirectamente la investigación (afectando a su imparcialidad) y promocionando un ideario negacionista de aquellas evidencias científicas que apelan a aplicar ya el principio de precaución (ver denuncia de conflicto de intereses del SCENHIR) y buscan conjugar la protección de la salud con el desarrollo de las tecnologías. 
Las organizaciones pertenecientes a la PECCEM, que en 2014 impulsamos mociones municipales (presentadas en más de 50 ayuntamientos de 15 CC.AA., 2 diputaciones provinciales y 3 parlamentos autonómicos) contra la Ley General de Telecomunicaciones,  os solicitamos en esta ocasión un PACTO SOCIAL POR LA DEFENSA DEL MEDIO AMBIENTE, LA SALUD Y CONTRA LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA, en base a:
1.-        Las recomendaciones de instituciones europeas:
La Resolución 1815 de 2011 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre Peligros potenciales de los campos electromagnéticos y sus efectos sobre el medio ambiente.
Las resoluciones proteccionistas del Parlamento europeo (A6-0260/2008) y (A6-0089/2009) y las recomendaciones de la Agencia Europea de Medio Ambiente desde el 2007 a la actualidad (2009, 2011, 2013).
2.-        Las revisiones y resoluciones científicas:
Informe Bioinitiative 2007/2012. Revisión de más de 3.800 estudios.
Monografía de la International Commission for Electromagnetic Safety (ICEMS) del 2010 sobre los efectos no térmicos de los campos electromagnéticos.
3.-          La clasificación, en mayo del 2011, por la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC) de la OMS de los campos electromagnéticos de radiofrecuencia como posibles carcinógenos para los seres humanos (Grupo 2B), basada en un mayor riesgo de glioma, un tipo de cáncer cerebral maligno asociado al uso de teléfonos móviles. Así como la recomendación de Christopher Wild, director de la IARC: “Teniendo en cuenta las posibles consecuencias de esta clasificación y conclusiones para la salud pública … es importante tomar medidas pragmáticas para reducir la exposición, tales como usar dispositivos de manos libres o enviar mensajes de texto.”
4.-        El cumplimiento de Convenciones Internacionales:
El Convenio de Aarhus (1998), sobre acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia en temas medioambientales.

En el convencimiento de que esto es posible, ante la convocatoria de elecciones municipales y autonómicas de mayo de 2015, el Partido……………………….o Candidatura Electoral…………………..firman el siguiente pacto:
Ø        Aplicación del principio de precaución y del principio ALARA (tan bajo como sea razonablemente alcanzable) en la exposición a campos electromagnéticos (CEM).
Ø        Minimizar los límites de Exposición CEM en base al conocimiento actualizado de sus efectos biológicos, con su monitorización global en tiempo real. Comenzando con 0’6 V/m (en exteriores) para radiofrecuencias y 1 mG en frecuencias extremadamente bajas.
Ø        Campañas de información y etiquetaje para minimizar la exposición CEM.
Ø        Centros de enseñanza libres de exposición CEM.
Ø        Reconocimiento de la Electrohipersensibilidad (EHS) y protección de las personas electro-hipersensibles en el ámbito sanitario, laboral, público y privado (vivienda)
Ø        Primar y promocionar redes, tecnologías y técnicas biocompatibles y sostenibles.
Ø        Normas sanitarias de convivencia de protección de la exposición pasiva.
Estas propuestas son la base para defender y aplicar, desde las candidaturas electorales en sus actuaciones en ayuntamientos y gobiernos autonómicos, el Principio de Precaución y la defensa de salud en el despliegue de la tecnología inalámbrica y las redes eléctricas.


Notas:
El Manifiesto Europeo por una Iniciativa Ciudadana Europea por una reglamentación proteccionista de la exposición a los campos electromagnéticos (junio 2013), cuenta con el apoyo de amplio número de científicos, investigadores y expertos, colegios y asociaciones profesionales de la salud, así como de representantes de organizaciones de la sociedad civil (defensa de la salud, consumidores, vecinales, ambientalistas y ecologistas, de la comunidad educativa, personas afectadas por síndromes de sensibilización central -electro-hipersensibilidad, sensibilidad química múltiple, fatiga crónica, fibromialgia, etc.- y  tumores cerebrales,  contra la contaminación electromagnética), procedentes de 25 estados (Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, India, Irlanda, Italia, Macedonia, Países Bajos, Panamá, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rusia, Sudáfrica, Eslovaquia, España, Suecia, Suiza y EE.UU.). Ver firmantes: http://www.peccem.org/DocumentacionDescarga/Campanas/ICE2013/SignatoriesManifestoECI_EMF_January_2015.pdf

jueves, 29 de enero de 2015

LA DEFENSORA DEL PUEBLO DA LA RAZÓN A LOS GRUPOS CIUDADANOS EN SU QUEJA CONTRA EL MEMORANDUM TAJO - SEGURA

La  Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus ríos  ha recibido la contestación de la Defensora del Pueblo a la queja que presentaran colectivos de esta Red ciudadana el 1 de octubre de 2013, en relación con el Memorándum Tajo-Segura, y las irregularidades en su tramitación y posterior incorporación a la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.

La respuesta de la Defensora del Pueblo confirma los argumentos de la denuncia ciudadana. En ella indica que el anteproyecto de ley, en lo relativo a las modificaciones del trasvase Tajo-Segura y ventas de agua, debía haberse sometido a participación pública, y a evaluación de impacto ambiental, sin que fuera suficiente la tramitación parlamentaria dada a una norma con rango legal. Considera que las reglas para la determinación de aguas excedentarias o de explotación del trasvase forman parte de la planificación ordinaria de la cuenca hidrográfica correspondiente, algo que esta Red Ciudadana lleva exigiendo desde hace tiempo.

La Defensora del Pueblo también apunta a la posible inconstitucionalidad de la Ley de Evaluación Ambiental (Ley 21/2013), en lo relativo a la regulación derivada de los acuerdos del Memorándum Tajo-Segura. El debate queda servido no sólo en el Tajo, sino en otras comunidades por la extrapolación que de las reglas derivadas de la citada ley (esencialmente en lo relativo a mercados de agua) se puede hacer en la gestión de ríos en otras demarcaciones.

Información adicional

El 1 de octubre del 2013, tras haber finalizado el periodo de información pública del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación el Tajo, miembros y colectivos españoles y portugueses de la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus ríos presentamos peticiones de acceso a la información ante el MAGRAMA,  para conocer el contenido del Memorándum y los informes y estudios que dieron lugar al mismo o se derivasen de él. El MAGRAMA hizo oídos sordos y ello motivó que la Red presentara una queja a la Defensora del Pueblo, solicitando su intervención.

En la queja se argumentaba que la firma del pacto del llamado Memorándum del Tajo en abril del 2013 por parte del MAGRAMA y los gobiernos de Murcia y Valencia, y la posterior incorporación de sus contenidos en la citada Ley de Impacto Ambiental de diciembre de 2013,afectaban de forma muy importante a la planificación y gestión de la cuenca del Tajo y por lo tanto deberían someterse a procesos de participación pública e integrarse en el proceso ordinario de planificación hidrológica.

De forma paralela al proceso de planificación oficial, el Memorándum Tajo-Segura, las conclusiones y propuestas del Grupo de Trabajo formado al efecto y las modificaciones normativas que dicho pacto iba a conllevar, se mantuvieron en secreto, no se difundieron públicamente y se hurtaron al proceso de planificación y participación pública del nuevo Plan Hidrológico del Tajo a pesar de afectar a cuestiones esenciales y legislación existente sobre la planificación y gestión del río Tajo.

El 12 de Diciembre del 2013 se publicó en el BOE (tras aprobarse por la vía de urgencia) la llamada Ley de Evaluación Ambiental (LEA) donde se incluyó, en el último momento y en el trámite de enmiendas, la normativa derivada del citado pacto del Memorándum. En septiembre del 2014, sin haberse sometido tampoco a evaluación ambiental alguna, se publicó en el BOE el Reglamento de desarrollo específico de dicha Ley en cuanto a la determinación de excedentes trasvasables desde el Tajo, que además fijó un caudal máximo arbitrario, que limita por decreto el agua máxima que la Confederación podrá dejar circular por el cauce natural del río Tajo desde su Cabecera, algo sin parangón en ningún otro río de España, con lo que culminaban las aspiraciones trasvasistas del levante español.  En el intervalo entre ambos, en abril del 2014 quedó también aprobado un Plan de cuenca del Tajo que omitió la obligación legal de fijar un régimen de caudales ecológicos en el río Tajo, con el objeto de no tener que desembalsar agua desde la cabecera para cumplir el mismo, y para que no se vieran afectados los excedentes ficticios que el aparataje del Memorándum Tajo-Segura consideraba que debían seguirse trasvasando desde Entrepeñas y Buendía hasta el Segura.

Toda la normativa derivada del Memorándum y el proceso seguido para aprobarla, al margen del proceso de planificación oficial y público del nuevo plan hidrológico de la cuenca del Tajo, suponen una vulneración flagrante y deliberada de la normativa europea y estatal en materia de aguas, participación pública y evaluación de impacto ambiental, así como el Convenio de Aarhus.

La contestación de la Defensora del Pueblo a nuestra queja nos da la razón. Sería  deseable que su opinión  sirviera para mejorar  la gestión y planificación de la cuenca del Tajo,  el río más largo de la Península,  con establecimiento de un  régimen de caudales ecológicos real, efectivo y científicamente justificado, sin excluir a ciudades como Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina, y que permita, de una vez por todas, y sin más trampas legislativas, cumplir los objetivos de recuperación del buen estado ecológico de sus aguas, españolas y portuguesas, conforme establece la Directiva Marco del Agua.